✅ En Argentina, están exentos de pagar el impuesto a las ganancias los jubilados con ingresos de hasta 8 jubilaciones mínimas, trabajadores en zonas desfavorables y diplomáticos.
En Argentina, están exentos de pagar el impuesto a las ganancias aquellos contribuyentes que se encuentran bajo ciertos umbrales de ingresos o pertenecen a categorías específicas. Esto incluye a personas que no superan el mínimo no imponible establecido por la legislación vigente, así como a jubilados, pensionados y ciertos trabajadores en relación de dependencia con ingresos que no exceden el monto estipulado.
Para entender mejor quiénes están exentos, es importante considerar el mínimo no imponible, que se ajusta anualmente. Para el año 2023, el mínimo no imponible para las personas solteras es de aproximadamente $1.500.000 anuales, mientras que para los casados puede ascender a $2.500.000 dependiendo de la cantidad de hijos a cargo. Esto significa que si tus ingresos anuales no superan esas cifras, no tendrás que abonar el impuesto.
Exenciones específicas
- Jubilados y pensionados: Están exentos si sus ingresos son inferiores al mínimo no imponible establecido.
- Trabajadores en relación de dependencia: Aquellos cuyos salarios anuales no superen el monto estipulado también quedan fuera del alcance del impuesto.
- Beneficios sociales: Algunas asignaciones familiares y ayudas estatales no son consideradas ingresos a efectos del impuesto a las ganancias.
Ejemplos de exenciones
Por ejemplo, un trabajador que gana $100.000 mensuales, es decir, $1.200.000 al año, estaría exento de pagar este impuesto, mientras que un jubilado que percibe una pensión de $90.000 mensuales ($1.080.000 anuales) también quedaría fuera de la obligación tributaria.
Consejos para verificar la condición de exención
Es recomendable que los contribuyentes realicen un análisis detallado de sus ingresos y consulten con un contador o profesional en la materia para confirmar si cumplen con los requisitos de exención. Además, tener en cuenta las modificaciones que se realizan anualmente en la legislación puede ayudar a evitar sorpresas en el momento de la declaración.
Casos particulares de exención en el impuesto a las ganancias
En Argentina, existen casos particulares donde ciertos individuos o entidades pueden estar exentos de pagar el impuesto a las ganancias. Estos casos se fundamentan en distintas normativas y situaciones específicas que detallaremos a continuación.
1. Personas con ingresos mínimos
Las personas que obtienen ingresos anuales por debajo de un límite establecido pueden ser exentas del pago del impuesto. Por ejemplo:
- En el año 2023, el mínimo no imponible se fijó en aproximadamente $ 800,000 anuales.
- Los jubilados y pensionados, cuyos ingresos no superen este límite, también pueden quedar exentos.
2. Exenciones para actividades específicas
Algunos trabajadores o profesionales que se dedican a actividades de interés social pueden tener también exenciones. Entre estas actividades se encuentran:
- Educación: Docentes que imparten clases en instituciones sin fines de lucro.
- Salud: Profesionales de la salud que trabajan en organizaciones benéficas.
3. Exenciones por condiciones especiales
También existen casos donde la situación personal del contribuyente puede otorgar exenciones en el impuesto a las ganancias:
- Personas con discapacidad: Tienen derecho a un mínimo no imponible mayor.
- Familias con hijos a cargo: Pueden acceder a deducciones especiales que reduzcan su base imponible.
4. Organizaciones sin fines de lucro
Las ONGs y entidades sin fines de lucro, que cumplen con ciertos requisitos legales, están exentas de pagar el impuesto a las ganancias. Estos requisitos incluyen:
- Destinar sus ingresos a fines benéficos.
- No distribuir ganancias entre sus miembros.
5. Exención por inversiones en ciertos sectores
Algunas inversiones en sectores de desarrollo económico, como las energías renovables o la tecnología, pueden gozar de exenciones fiscales. Esto busca fomentar el crecimiento de industrias consideradas estratégicas para el país.
| Tipo de Exención | Descripción | Ejemplo |
|---|---|---|
| Ingresos mínimos | Personas que no superan el mínimo no imponible. | Jubilados con ingresos de $500,000 anuales. |
| Actividades específicas | Profesionales en educación y salud en ONGs. | Docentes de una escuela benéfica. |
| Condiciones personales | Personas con discapacidad y familias numerosas. | Padres con tres hijos a cargo. |
| Inversiones | Inversiones en sectores estratégicos. | Proyectos de energía solar. |
Conocer estos casos particulares de exención es fundamental para los contribuyentes, ya que puede significar un alivio fiscal significativo. Es importante revisar las normativas vigentes y consultar con un profesional para asegurarse de cumplir con los requisitos necesarios.
Preguntas frecuentes
¿Quiénes están exentos del impuesto a las ganancias?
Están exentos jubilados, pensionados y personas con discapacidad, siempre que sus ingresos no superen el mínimo no imponible.
¿Qué ingresos no se consideran para el cálculo?
Las indemnizaciones por despido y ciertos ingresos por herencias o donaciones no se incluyen en el cálculo del impuesto.
¿Hay algún límite de ingresos para la exención?
Sí, los ingresos anuales deben estar por debajo del mínimo no imponible para acceder a la exención.
¿Las organizaciones sin fines de lucro deben pagar este impuesto?
No, las organizaciones sin fines de lucro están exentas siempre que cumplan con ciertos requisitos establecidos por la ley.
¿Qué pasa si se superan los límites establecidos?
Si se superan los límites de ingresos, se deberá pagar el impuesto correspondiente sobre el excedente.
Puntos Clave sobre la Exención del Impuesto a las Ganancias
- Exentos: jubilados, pensionados y personas con discapacidad.
- Indemnizaciones por despido no se consideran ingresos imponibles.
- Organizaciones sin fines de lucro pueden estar exentas.
- Se debe verificar el mínimo no imponible anualmente.
- Los ingresos por herencias y donaciones están exentos.
- Es importante presentar la declaración aunque se esté exento.
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